Micelio
Auto19 de junio de 2019

A- de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Lina Fernanda Arias Coba·Demandado Empresa Promotora De Inversiones Y Cobranzas Sas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Tuluá (Valle) y el Juzgado Promiscuo Municipal de Andalucía (Valle).

En el presente caso se configuró un conflicto negativo de competencia fundado en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Lo anterior, porque las autoridades judiciales involucradas en la controversia presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se originó y tiene sus efectos la presunta vulneración del derecho al habeas data de la accionante.

Considera la Corte que el Juzgado Promiscuo Municipal de Andalucía es el que tiene competencia para conocer la acción de tutela, por cuanto es la autoridad judicial del lugar donde se producen los efectos de la actuación endilgada a la accionada, además del sitio donde reside y adelanta las actividades económicas la peticionaria.

Se ordena remitir el expediente a dicha autoridad, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

A los dos despachos se les advierte que, los conflictos que se susciten dentro del trámite de una acción de tutela con ocasión a la aplicación de los factores de competencia territorial, subjetivo y funcional deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual es menester que observe las reglas previstas en la jurisprudencia de esta Corporación y compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 9 de abril de 2019 proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Andalucia (Valle del Cauca), dentro del proceso de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Andalucia el expediente ICC-3653, que contiene la accion de tutela presentada por la senora Lina Fernanda Arias Coba contra la empresa Promotora de Inversiones y Cobranzas S.A.S., para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Andalucia y al Juzgado
  4. Segundo. Laboral del Circuito de Tulua que los conflictos que se susciten dentro del tramite de una accion de tutela con ocasion a la aplicacion de los factores de competencia referidos en la parte considerativa de esta providencia (territorial, subjetivo y funcional), deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual es menester que observe las reglas previstas en la jurisprudencia de esta Corporacion y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  5. CUARTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado
  6. Cuarto. Penal Municipal de Tulua y al Juzgado
  7. Segundo. Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.